BOLETÍN OFICIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA. Nº 89- jueves, 10 de mayo de 2018
Disposiciones Generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA
Extracto de la orden por la que se efectúa la convocatoria , en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020, para el ejercicio 2018.
BDNS (Identif.): 396887.
P R E Á M B U L O
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:
Primero. Convocatoria.
Se convoca para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva, la línea de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020.
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas las personas que reúnan los requisitos previstos en la base cuarta de las Bases Reguladoras.
Tercero. Objeto.
Conceder ayudas para financiar las obras y, en su caso, las asistencias técnicas necesarias para mejorar la seguridad y la adecuación funcional básica de las viviendas que constituyan residencia habitual y permanente de personas mayores de sesenta y cinco años o personas con discapacidad que tengan reconocido, al menos, un 40 por ciento de grado de discapacidad y movilidad reducida.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para actuaciones acogidas al Programa de adecuación funcional básica de viviendas del Plan de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía 2016-2020 aprobadas mediante Orden de 24 de mayo de 2017 (BOJA núm. 102, de 31.5.2017).
Quinto. Importe.
La cuantía total máxima destinada a la presente convocatoria es de 2.000.000 euros, que será abonada con cargo a la posición presupuestaria 1600030000 G/43A/78400/00 01 2017000010, con el máximo para cada ayuda que se establece en la base sexta de las Bases Reguladoras.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto.
Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.
Sevilla, mayo de 2018
FELIPE LÓPEZ GARCÍA
Consejero de Fomento y Vivienda